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jueves, 16 de enero de 2014

.BERTOIA, MARIO C/FEDERICO TOMASO

.BERTOIA, MARIO C/FEDERICO TOMASO  = DAÑOS Y PERJUICIOS.

Fallo del Tribunal Colegiado, Cámara,  Tribunal 4 de Sta Fe

HECHOS

·                     Bertoia Mario, propietario de una lancha, tiene intención de venderla.
·                     Federico Tomaso es el posible comprador.
·                     Bertoia le facilita la lancha a Federico para que la vea, inspeccione y demás, ya que este tenía la intención de comprarla
·                     Federico accede al ofrecimiento de Bertoia y prueba la lancha.
·                     Bertoia entrega la lancha a Federico en perfecto estado (según lo expresado por el actor)  y Federico la devuelve después de probarla con partes rotas.
·                     Federico se dispone a repararla y la lleva a un taller mecánico y cuando se entera de lo que salía el arreglo, no volvió más.
·                     Federico negó su culpa, afirmando que la rotura obedeció a vicio anterior propio de la cosa no imputable a su parte, o a caso fortuito

Bertoia demando por daños y perjuicios, haciendo una concreta invocación de los hechos.
Cabe destacar que esos hechos, acaecieron en una etapa pre-contractual.
A partir de las meras tratativas, es que estamos frente a una etapa pre-contractual, debido a esto los pre-contratantes deben obrar con diligencia y conforme al principio de buena fe (1198).
El tribunal, y a falta de legislación especifica sobre  materia de  responsabilidad pre-contractual (1156), se remite supletoriamente a los principios grales de la responsabilidad extracontractual (1109), que nace del deber de “no dañar a otro” y el demandado fue agente causante del daño.
Pues hay constancia de que la lancha estaba  en buen estado, que se le advirtió del golpe en la hélice (y la uso igual).
Está acreditado que Federico percibió el golpe y detención del  móvil al hacer marcha atrás.
Bajo ninguna razón puede escudarse en un “Caso Fortuito”.
Queda claro que Federico se sintió responsable porque llevo  la lancha a reparar y se ofreció a pagar la mitad del costo del arreglo.
El Tribunal por todo lo expuesto encuentra a Federico responsable  por los daños ocasionados  y lo condena a abonar la suma correspondiente a Bertoia. Repuestos más arreglo.






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